TRÁMITES PARA INICIAR UNA SEPARACIÓN O DIVORCIO
- 17 febrero, 2018
- Fernández Chao Abogados
Cuando se inicia una ruptura matrimonial es necesario contar con el asesoramiento adecuado para solventar los intereses materiales de ambas partes, determinar lo preceptivo a las cargas familiares, así como minimizar el desgaste emocional que este tipo de proceso suele traer consigo.
La figura del letrado en este proceso desempeña un papel fundamental, ya que además de contar con su intervención obligatoria –junto con el procurador– en el momento de interponer la demanda de divorcio ante el Juzgado de Familia correspondiente, resulta imprescindible a la hora de elaborar documentos como el certificado de la inscripción del matrimonio a disolver –el cual debe haberse celebrado con una antelación mínima de tres meses–, y especialmente, la propuesta de convenio regulador – borrador del documento que recoge las obligaciones y los derechos de cada uno de los cónyuges una vez divorciados–. El convenio regulador es un documento fundamental que requiere además de un buen asesoramiento, una meditada decisión acerca de los puntos más conflictivos por ambas partes antes de su elaboración definitiva, ya que que recoge las medidas que van a determinar en buena medida la vida cotidiana de los cónyuges y sus hijos– si los hubiere–, una vez se inicie el proceso de divorcio, y es, además, el documento al que se habrá de recurrir en caso de incumplimiento de las medidas adoptadas en el mismo.
Los principales puntos que recoge este documento hacen referencia fundamentalmente a los hijos y a la vivienda familiar:
- La atribución de la patria potestad, la guardia y custodia de los hijos.
- El régimen de visitas del progenitor que no ejerza la custodia.
- La atribución del uso de la vivienda familiar.
- La pensión de alimentos –obligatoria– que cada cónyuge tendrá que afrontar para la manutención de sus hijos, y determinar cuáles deben considerarse ordinarios y cuáles extraordinarios, asunto que se encuentra entre los más conflictivos del proceso.
- La pensión compensatoria –pero no obligatoria– que debe abonar un cónyuge a otro, prevista por la ley para que uno de los cónyuges no resulte perjudicado económicamente ante la nueva situación familiar que debe afrontar.
En los divorcios de mutuo acuerdo la demanda de divorcio debe presentarse obligatoriamente junto con el borrador del convenio regulador, que deberá ser revisado por un fiscal –si hay hijos– y aprobado o no por un juez, para asegurar el bienestar de ambas partes.
El divorcio de mutuo acuerdo o amistoso es una vía rápida y económica, ya que desde que entró en vigor el 23 de julio de 2015 la Ley de Jurisdicción Voluntaria–una de las reformas procesales más ambiciosas de los últimos años en materia de regulación del derecho matrimonial–, se puede realizar un trámite extrajudicial ante notario, acudiendo personalmente al notario en compañía de un letrado para el otorgamiento de una escritura pública.
En este caso no pueden existir hijos menores no emancipados o incapacitados.
La otra modalidad de divorcio amistoso es la judicial que resulta incluso más económica que la anterior, ya que ambos cónyuges pueden ser representados por un mismo abogado y un mismo procurador.
La alternativa a un divorcio de mutuo acuerdo es un divorcio contencioso ante los tribunales. Este procedimiento es más largo y costoso, ya que la demanda es presentada solo por uno de los cónyuges y no hay propuesta de
convenio regulador, ya que es el juez quien determina las medidas
adoptadas en relación a los hijos.
Legálitas, OCU, Noticiasjurídicas.com